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Trámites para el cambio de titularidad de una embarcación
Si vas a comprar una embarcación por primera vez, debes tener claro que se trata de un proceso complejo. No basta con firmar un contrato y que te den las llaves. Como puedes imaginar, la operación implica también una serie de trámites administrativos para que el cambio de propietario quede correctamente reflejado en los registros correspondientes.
Si estás en medio de ese proceso, es normal que surjan muchas dudas: ¿quién tiene que comunicar el cambio de titularidad de una embarcación?, ¿qué documentación hay que presentar y dónde hay que hacerlo?, ¿existe un plazo determinado?
Desde Grupo Idamar vamos a mostrarte los principales aspectos que debemos tener presentes al realizar el cambio de titularidad de una embarcación y algunos problemas que pueden retrasar el procedimiento.
¿Cuándo hay que hacer el cambio de titularidad de una embarcación?
Cuando una embarcación cambia de propietario mediante una compraventa, no basta con disponer de un contrato firmado entre comprador y vendedor. Es necesario realizar los trámites necesarios para que la nueva titularidad conste administrativamente.
Dejar pasar el tiempo puede provocar situaciones incómodas para ambas partes. El vendedor puede seguir figurando como titular de una embarcación que ya no posee, mientras que el comprador puede encontrarse con dificultades al realizar posteriormente otros trámites relacionados con el barco.
En este sentido, te recomendamos tratar la transferencia como una parte más de la compraventa y no como una gestión que pueda quedar pendiente indefinidamente.
¿Cuál es la documentación necesaria para cambiar la titularidad?
La documentación requerida dependerá de las características de la embarcación y de su situación administrativa. Como punto de partida, será necesario acreditar tanto la identidad de las partes como la transmisión de la propiedad.
Entre los documentos que pueden formar parte del expediente encontramos:
- Contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
- Documentación identificativa de ambas partes.
- Documentación de la embarcación.
- Justificante de liquidación de los impuestos correspondientes.
- Documentación acreditativa de la titularidad anterior.
- Solicitudes y formularios exigidos para realizar el trámite.
No obstante, debes tener en cuenta que uno de los errores más frecuentes consiste precisamente en pensar que todos los cambios de titularidad son iguales. Lo cierto es que cada operación puede presentar sus propias particularidades.
Una embarcación con toda su documentación actualizada no plantea la misma situación que un barco antiguo cuyos documentos presentan discrepancias, una embarcación procedente del extranjero o una compraventa realizada hace tiempo que nunca llegó a regularizarse.
Importancia del contrato de compraventa de una embarcación
El contrato constituye una pieza fundamental de la operación de la compraventa de un barco. En este documento es muy importante identificar correctamente al comprador y al vendedor, pero también a la propia embarcación.
Antes de firmar un contrato para comprar un barco, recomendamos comprobar que los datos incluidos coinciden con los que aparecen en la documentación del barco. Matrícula, número de identificación, características de la embarcación y datos del titular deben revisarse con atención.
Otro punto muy importante es conservar una copia firmada del contrato. Si transcurren meses o años y hay que acreditar posteriormente cómo se produjo la transmisión, disponer de una documentación clara te va a facilitar muchísimo las gestiones.
¿Qué impuestos hay que pagar al comprar una embarcación de segunda mano?
La transmisión de una embarcación también puede tener consecuencias fiscales. El tratamiento dependerá, entre otros factores, de quién intervenga en la operación y de las circunstancias de la compraventa.
- Cuando compramos una embarcación usada a un particular, uno de los trámites que debemos revisar es la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), de acuerdo con la normativa aplicable.
- Si se trata de una embarcación nueva, de acuerdo con la normativa tributaria, hay que pagar IVA al 21%.
No deberíamos dejar la parte fiscal para después de iniciar el cambio de titularidad. La Administración puede exigir la acreditación de determinados pagos o liquidaciones para continuar con el procedimiento.
¿Cuánto tiempo hay para realizar el cambio de titularidad?
Los cambios de propiedad de las embarcaciones sujetas al Registro de Buques y Empresas Navieras deben comunicarse a la Administración marítima dentro de los tres meses siguientes a la fecha del contrato de compraventa.
Sin embargo, nuestra recomendación es iniciar las gestiones lo antes posible. Esperar hasta que el plazo esté próximo a finalizar deja poco margen para solucionar una incidencia documental.
Ten en cuenta que tanto el vendedor como el comprador suelen tener el máximo interés en que la situación quede regularizada cuanto antes. Para el vendedor significa, al fin y al cabo, dejar constancia administrativa de que la embarcación ya no le pertenece. Y para el comprador supone disponer de toda la documentación de la embarcación acorde con su nueva condición de propietario.
Gestionamos los trámites administrativos de tu embarcación
En Grupo Idamar ayudamos a propietarios y compradores con los trámites administrativos relacionados con sus embarcaciones, incluidos los cambios de titularidad, a través de nuestro servicio de gestoría náutica.
Si vas a comprar o vender una embarcación, o ya has realizado la operación y necesitas poner la documentación a tu nombre, podemos estudiar el caso y encargarnos de las gestiones necesarias.
Nuestro servicio de gestoría náutica también abarca otros procedimientos, como matriculaciones, permisos de navegación, despacho de embarcaciones, licencias de pesca y bajas. Contacta con nosotros para cualquier consulta.
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